martes, 15 de marzo de 2011

Sobre las fundas (n)

Estas son algunas de las razones que fundamentan las fundas entre los ganaderos y veterinarios expertos taurinos (los que viven del, por y para el toro en exclusiva) y que me dieron detalles y formas de por qué existen estos 'aparatos malignos'. Y que conste que admito todos los puntos de vista, no soy defensor de ninguna causa que no sea el toro, salvo la del ganadero, al que creo habría que apoyar más que al final es quien cría lo que amamos, lo que nos gusta. Y que no me importa que me falten o me insulten porque ni soy más ni soy menos. Soy alguien que ama el campo, vive por él y va camino de cinco décadas aprendiendo y experimentando. Y aporto mis pequeñas vivencias en este blog, y esta es una de ellas.
Las fundas protectoras de cuernos se están mejorando continuamente. Hace unos años, las fundas que se usaban eran de fibra de vidrio y se aplicaban con una especie de molde encima de la parte final del cuerno. Se usaban láminas de fibra de vidrio que al impregnarse con resina poliéster, previamente catalizada y acelerada, y ya en contacto con el cuerno liberaban calor (a veces salía humo). Con estos primeros prototipos se observó que algunos toros se partían los pitones por la pala o la cepa, y no sangraban. En estudios histológicos realizados por el Dr. Manuel Pizarro en la Facultad de Veterinaria de la UCM, se detectaron lesiones de trombosis (compatibles con trombosis por calor). Los prototipos actuales emplean venda de poliéster (que lleva un poco de fibra de vidrio) impregnada en una resina de poliuretano que fragua al contacto con el agua o la humedad, obteniendo una consistencia rígida (no liberan calor). Se colocan sobre el cuerno que se suele llevar una prótesis metálica alrededor del pitón. Esta venda se usa habitualmente en traumatología humana y veterinaria para inmovilización, y ha sustituido a las tradicionales escayolas.

El manoseo del toro (2 manejos más) producirá un animal más desasilvestrado (esto ya lo hace el manejo sanitario, los saneamientos, la colocación de vacunas de lengua azul, etc.)). Si el comportamiento fuera a peor por dicho manejo, los resultados de las ganaderías que colocan fundas serían a priori peores a las que no los colocan. No parece que sea así (más del 80 % de los toros indultados llevaron fundas). No parece que afecte a la bravura la presencia de fundas. Si fuera así, los ganaderos dejarían de usarlas, o si dieran más cabezazos (calamocheo) incomodarían más y serían peores toros, dejándolos de lado las figuras.

Decir que “la falta de oxigenación del pitón (de su superficie) provoca trombosis en los vasos que riegan la membrana queratinosa (membrana queratógena o dermis) es no saber nada de cuernos. Dudo que lo haya dicho un veterinario. El cuerno está compuesto por un hueso (saliente óseo del hueso frontal), cubierto por algo parecido a la piel (con dermis y epidermis, y sin hipodermis o tejido subcutáneo). La nutrición a la superficie del cuerno llega por la dermis, que se continúa con la epidermis, que tiene 4 estratos (basal, espinoso, granuloso y córneo). A diferencia de la epidermis de la piel, en el cuerno el estrato córneo ocupa la mayor parte de la epidermis, y está compuesto por células muertas, aplanadas, queratinizadas y dispuestas en forma de escamas. Si no hubiera oxígeno en la superficie del cuerno no se produciría trombosis en la dermis.

Con “queratinización del asta por la falta de oxigenación”, no sé qué se quiere decir. Lo que sí se es que la venda de poliéster citada que se usa para las fundas permite la transpiración (en el pitón no hay transpiración), es permeable y por tanto permite la oxigenación de la superficie.

El tema de las fundas es más que controvertido. Entiendo a los ganaderos que colocan las fundas, y efectivamente hay un trasfondo económico:

  1. La exigencia actual de rendimiento físico del toro durante la lidia es la más elevada de la historia. Ahora se les pide más duración y entrega que nunca, pues se torea con una perfección que no se había visto anteriormente. La alimentación ha cambiado mucho en los últimos 20 años, y la exigencia de peso y volumen en los reconocimientos más la exigencia de rendimiento físico, requiere de un aporte de pienso con más energía que en otros tiempos, y dichos piensos, y sobre todo, el manejo de piensos tan energéticos, repercuten en la dureza del cuerno y en la calidad de la queratina (peor que en otras épocas de menor aporte de pienso) a través de la acidosis ruminal.

  1. Por su largo ciclo productivo, la crianza del toro para corridas de toros es la producción animal más costosa, laboriosa y sacrificada de todas las producciones animales. Se requieren sobre 5 años de cuidados para que un toro se pueda lidiar (alimentación, mano de obra, instalaciones, finca, ganado que se arrastra, siniestralidad, etc.). Es la producción que conlleva más riesgos, sinsabores e incertidumbres.

  1. Los ganaderos hacen un inmenso esfuerzo para criar al toro de lidia sano y bien presentado, y además tienen unas exigencias sanitarias cada vez más estrictas.

  1. El deterioro de los cuernos, es junto al factor comercial, el factor más determinante a la hora de poder ofertar toros para corridas.

  1. Los ganaderos que consigan lidiar mayor número de toros con el mismo número de vacas, mejorarán su selección al disponer de información de comportamiento de un número mayor de hijos.

  1. Los animales estarán más sanos, pues la presencia de fundas, da más confianza al manejo (menos riesgo de fracturas de pitones, cornadas al pelearse los toros al moverlos, etc.), y por ello, al ganadero le dará menos temor encerrarlos en las instalaciones, pasar más veces por la manga (vacunaciones), practicar curas en el mueco (menos anestesia), etc.

  1. El riesgo de accidentes para el hombre se reduce (las consecuencias son menos graves si los toros llevan fundas), aunque es relativo.

  1. Las fundas no las pueden poner todos los ganaderos. Para ponerlas sin anestesia (y quitarlas), se requiere disponer de buenas instalaciones ganaderas, buen manejo y personal especialmente adiestrado. Generalmente colocan fundas aquellas ganaderas que más han modernizado sus instalaciones ganaderas y disponen de buenas instalaciones y de buenos muecos.

  1. Las fundas protectoras son un tratamiento conservador del cuerno que funciona mientras están puestas. Conservan mejor la integridad del cuerno (los cuernos son más largos y astifinos que si no las llevaran).

LEGISLACIÓN TAURINA ESTATAL

La Ley Taurina (Ley 10/1992, de 4 de abril, sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos) habla del “aseguramiento de la integridad del toro”, de la “intangibilidad de las defensas”, de las “condiciones del traslado para impedir la realización de cualquier operación fraudulenta” y clasifica como infracción grave la “manipulación fraudulenta de las defensas de las reses de lidia”.

El reglamento de 1992 decía:

  • Art. 49.

1. Cuando las reses sufran accidentes que deterioren sus defensas, los ganaderos podrán solicitar de la autoridad gubernativa, dentro de los 10 días posteriores al accidente, autorización para arreglarlas de forma que puedan ser útiles para la lidia.

2. Las operaciones correspondientes sean el día y hora que señale al efecto la autoridad gubernativa, en presencia del Delegado de la misma y con intervención del veterinario que se designe al efecto a propuesta del Colegio Oficial de Veterinarios de la provincia donde deba realizarse la operación.

3. Al término de esta operación el veterinario emitirá un informe destinado al Gobernador Civil que, en su caso, dictará resolución declarando la aptitud para la lidia de la res intervenida. En el informe constará, en todo caso, la longitud de las caras externa e interna de cada asta.

4. De la Resolución del Gobernador Civil se remitirá copia al Registro de Empresas Ganaderas de Reses de Lidia para su inscripción.

5. El animal objeto de arregló no podrá lidiarse hasta transcurridos 15 días desde la fecha de la intervención.

  • Las reses astilladas o escobilladas no podrán ser lidiadas en corridas de toros (Art. 50).

El reglamento de 1996, vigente en buena parte de España, suprime el “arreglado legal de cuernos deteriorados” (Art.49) y no prohíbe la lidia de reses astilladas en corridas de toros. Dice:

  • Las astas de las reses de lidia en corridas de toros y novilladas picadas estarán íntegras

  • Es responsabilidad de los ganaderos asegurar al público la integridad de las reses de lidia frente a la manipulación fraudulenta de sus defensas.

  • Las reses escobilladas no podrán ser lidiadas en corridas de toros.

DISCUSIÓN

La redacción de la ley taurina en algunos aspectos es muy desafortunada. Habla de INTANGIBILIDAD de las defensas (intangibilidad según la Real Academia de la Lengua Española es “cualidad de intangible”, e intangible es “que no debe o no puede tocarse”).

Los cuernos son órganos táctiles de los toros de lidia, que los emplean entre otras cosas para su defensa, esparcir el alimento, marcar territorios, echarse arena, etc. Imagino que el legislador quería decir que “los cuernos no debían ser modificados por el hombre o por la mano del hombre”.

Habla de MANIPULACIÓN (según la RAE, “acción y efecto de manipular”, y manipular es “operar con las manos o con cualquier instrumento”) FRAUDULENTA. Prohíbe por tanto la modificación artificial de los cuernos (con las manos o con cualquier instrumento) con intención de fraude, diferenciando dicha manipulación de la no fraudulenta, como es el “arreglado legal de cuernos deteriorados” que preveía el reglamento de 1992 en su artículo 49.

Y ahora nos vamos al Reglamento de espectáculos taurinos, que dice que las astas de las reses de lidia en corridas de toros y novilladas picadas estarán ÍNTEGRAS (íntegra según la RAE es “que no carece de ninguna de sus partes”), y que es responsabilidad de los ganaderos asegurar al público la integridad de las reses de lidia frente a la manipulación fraudulenta de sus defensas. Dicho reglamento prohíbe la lidia de reses escobilladas en corridas de toros, esto es, con cuernos muy astillados (con hebras de tejido córneo parcialmente desprendidas alrededor del eje del pitón).

En resumen la normativa taurina dice que hay que asegurar la “intangibilidad” de defensas, se sanciona la manipulación fraudulenta de las defensas, que deben estar “íntegras” en corridas de toros y novilladas picadas, es responsabilidad de los ganaderos asegurar al público la “integridad” de las reses y se prohíbe la lidia de reses escobilladas en corridas de toros.

Imaginemos que las técnicas para detección de la manipulación fraudulenta de los cuernos no fueran totalmente fiables; esto es, que no fueran capaces de distinguir claramente la modificación o alteración de los cuernos por causas naturales (toros que se deterioran los pitones, desgaste, pérdida de astillas, etc.) de la modificación artificial de los mismos (por la mano del hombre lógicamente), pues 3 de las 4 técnicas de análisis de cuernos detectan pérdida de sustancia córnea: La biométrica. El acortamiento en longitud. La prueba de la línea blanca en sentido transversal (perpendicular al eje longitudinal del pitón). Y la histológica en superficie. Y no diferencian si dicha pérdida de sustancia córnea es por la mano del hombre o no. Y la cuarta prueba (estudio de la superficie o examen macroscópico) es la única que podría indicar si la pérdida de sustancia córnea es por utilización de instrumentos o no.

El reglamento dice que en caso de positividad (prueba biométrica o línea blanca) o dudas, se realizará la cuarta prueba (la histológica). Termina diciendo que “el análisis histológico tendrá carácter de confirmativo cuando el resto de las pruebas pongan de manifiesto signos de manipulación artificial”.

La normativa permite a los técnicos del laboratorio de análisis de cuernos dictaminar lo que les dé la gana. Si un cuerno es positivo a la prueba histológica (con un desgaste de milímetros ya lo es), el cuerno será positivo. La mayoría de los cuernos “manipulados” o no, dan positivo a esta técnica.

Si la prueba biométrica es negativa, la línea blanca está centrada y tienen dudas, le hacen el estudio histológico y ya es positivo. Basta con que los técnicos de laboratorio tengan dudas para que un cuerno salga positivo. Es para echarse a temblar, pues no se exige que sea positivo el examen macroscópico, por lo que sin huellas sospechosas de manipulación, un cuerno puede dar positivo en el laboratorio si ha tenido desgaste natural, como realmente se ve en los muchos análisis que se realizan, bien en la obligatoriedad francesas, bien en los particulares de muchas administraciones locales.

CONCLUSION

Evidentemente, en este contexto, con esta legislación, la mejor forma de garantizar la integridad de los cuernos, evitar sanciones por “manipulación fraudulenta” si los toros tienen el vicio de frotarse los cuernos (desgaste natural), mejorar la presentación de los cuernos y lidiar más toros en corridas de toros es manipular a los toros colocándoles fundas protectoras en los cuernos.

Y, repito, son simplemente opiniones fundadas sobre lo que ocurre hoy en día, no una polemización con nadie. Más bien una defensa de lo que entiendo está ocurriendo con demasíada frecuencia. Y, por cierto, si no defendemos al ganadero y sus mejoras, no podemos defender al toro. Y el que crea que es un animal silvestre y no un factor económico que existe por una realidad trágica, lúdica y cultural que cambien de afición o de siglo.


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